21 de noviembre de 2018

Defensas y acusaciones. El derecho de gracia

Oí el otro día en la radio a un grupo de jueces debatir sobre los procesos abiertos contra los líderes separatistas catalanes. Entre otras consideraciones, a cuál más interesante, coincidían en que los abogados defensores de los acusados no están haciendo bien su trabajo desde un punto de vista estrictamente técnico. Se referían a que el empecinamiento en manifestar que la judicatura española está al servicio de un Estado “totalitario y fascista” los ha llevado a abandonar una línea de defensa conveniente para los intereses de sus clientes, a renunciar a presentar los hechos como ellos creen que fueron y no como el ministerio fiscal sostiene. Según estos jueces, al irse por las ramas del tremendismo han abandonado el tronco de las argumentaciones jurídicas que puedan contribuir a dar luz a los hechos. Un error de bulto, pero sobre todo una defensa poco menos que inútil.

Me pregunto si no será que han decidido romper la baraja en vez de seguir jugando. Quizá en su análisis de los hechos hayan llegado a la conclusión de que, de acuerdo con la legislación española, podrían conseguir que se rebajara la pena aplicable a sus defendidos, pero sin demostrar su total inocencia y por tanto sin conseguir la plena absolución. De manera que de perdidos al río. Se habrían puesto así a las órdenes de una causa política en vez de al servicio de los intereses jurídicos de sus clientes. Si así fuera, estarían contribuyendo a alimentar la llama de la hoguera política, en la confianza de que cuanto mayor sea el fuego más grande será la confusión de los bomberos.

También hablaron estos jueces de la tan cacareado indulto, siempre desde un punto de vista exclusivamente jurídico. Expusieron una serie de consideraciones. La primera es que no se puede hablar de ejercer el derecho constitucional de gracia antes de que haya condena en firme. No se puede indultar a quien no está condenado. La segunda, que indultar no significa eliminar la culpa, sino ejercer un derecho de gracia respecto a la condena previsto en nuestro ordenamiento jurídico.

Son muchos los que consideran que el indulto sería una buena jugada política. Algo así como decir: miren ustedes, pueden irse a casa, pero no se olviden de que los tribunales de justicia los han condenado por esto y por aquello, y que el gobierno en un gesto de generosidad lo ha indultado. A ver qué hacen a partir de ahora, a ver qué hacen los que estaban pensando en seguir sus pasos y a ver qué hacen los de Bruselas con su exilio voluntario. Porque, en principio, podrían volver a España.

Sacar a relucir esa posibilidad antes de tiempo significa utilizar como arma de confrontación una posible estrategia de Estado. La posibilidad existe, por supuesto. Que se indulte o no en su momento supongo que dependerá de las circunstancias políticas. Lo que sucede es que ya se sabe que algunos líderes de la derecha han decidido inexplicablemente echarse al monte de la deslealtad. No distinguen, o no quieren distinguir, entre legítimas discrepancias y asuntos de Estado. Su estrategia cuando gobernaban ellos fue la del 155, mano dura y tente tieso, y no resolvió el problema. La del gobierno actual es distinta, es la de cuézanse ustedes poco a poco en la salsa de sus propias incoherencias. Y nadie puede ni mucho menos debe asegurar que se trate de una maniobra anticonstitucional.

El tiempo dirá si esta manera de tratar el problema es efectiva o tan inútil como la anterior.

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