He leído en alguna ocasión cuestionar que la expresión violencia de género sea la más adecuada desde un punto de vista lingüístico. Los que así opinan argumentan que el género es algo inherente a la gramática -género masculino o femenino-, mientras que la violencia a la que la citada expresión hace referencia es aquella que ejercen algunos componentes del sexo masculino contra sus parejas del femenino. Por tanto, preferirían utilizar la expresión violencia de sexo.
Por el contrario, otras opiniones sostienen que la palabra sexo se refiere a las características biológicas específicas de los varones o de las hembras, mientras que habría que relacionar la expresión género con las diferencias culturales y sociológicas entre lo masculino y lo femenino. Si la violencia se ejerce por razones psicológicas y no por diferencias morfológicas, la expresión violencia de género, según estos, sería la más adecuada.
Pero para lo que ahora quiero escribir aquí da lo mismo una que otra, siempre que se tenga presente que nos estamos refiriendo a la violencia machista, es decir, a la que ejercen determinados varones contra sus parejas, sólo por la razón de que no admiten que la situación de los derechos de la mujer ha cambiado y afortunadamente sigue cambiando.
Si la mujer continuara en inferioridad de condiciones legales, sociales y culturales con respecto al hombre o, dicho de otra manera, si permaneciera sometida a su pareja, muchos de estos maltratos y asesinatos no se cometerían, porque no habría causa para los maltratadores ni para los asesinos. Lo que les mueve a cometer sus cobardes crímenes es el machismo cultural, el íntimo convencimiento de que sus parejas se extralimitan en los derechos que ejercen, sólo porque pretenden hacer lo mismo que ellos. No soportan verlas comportarse como personas libres e independientes, en igualdad de condiciones a las suyas.
La discriminación positiva que recientemente se ha introducido en el código penal español tiene en cuenta esta circunstancia, que la violencia de género se ejerce por razones de carácter psicológico. Los que ahora solicitan que se dé el mismo tratamiento legal a las mujeres que asesinan a sus parejas que a los hombres que matan a las suyas, parecen olvidar esta circunstancia. Una mujer que acabe con la vida de su pareja, no lo hará porque considere que se esté extralimitando en sus derechos como hombre. La moverá la venganza, el dinero, el odio, el hartazgo, la ambición o cualquier otro motivo, pero no será un móvil de género, o de sexo si se prefiere: la causa será independiente de su condición de mujer. Las mismas razones podrían haberla llevado a asesinar a otra mujer o a un hombre con el que no estuviera sentimentalmente relacionada.
Por eso, los comentarios de la representante de Ciudadanos, Marta Rivera de la Cruz, en el debate de hace unos días en La 1, cuando pedía igualdad de tratamiento penal, con independencia del sexo de quien ejerza la violencia en el ámbito familiar, podrían significar que no ha entendido la realidad del problema. Por supuesto que hay que castigar a las asesinas de sus parejas con toda la dureza de la ley, de la misma manera que a cualquier otro asesino.
Las críticas que le han llovido a Marta Rivera de la Cruz a raíz de sus declaraciones, responden a la idea de que negar la diferencia entre un caso y otro implica negar que el machismo psicológico siga existiendo y desemboque, en ocasiones, en maltrato y hasta en asesinato. Ahí está el quid de la cuestión.
Su partido haría muy bien en aclarar el patinazo. Debería dejar a un lado tantas explicaciones alambicadas y reconocer, de una vez por todas, que su representante en el debate se equivocó. Le haría un gran favor a la lucha contra la lacra social de la violencia machista.
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